martes, 6 de octubre de 2015

¿Qué es el Sistema General de Riesgos Laborales?

Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

¿Quién conforma el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)?

El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) lo conforman:

·        Las entidades encargadas de la Dirección, Control y Vigilancia del Sistema como el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia Financiera de Colombia.
·        Las ARL, es decir, las Administradoras de Riesgos Laborales públicas y  privadas.
·        Los empleadores.
·        Los trabajadores.

¿Cuáles son las responsabilidades en el Sistema General de Riesgos Laborales?

Las responsabilidades del Sistema General de Riesgos Laborales son compartidas entre la empresa, la ARL y el trabajador, y son:

·        La empresa afilia a todos sus trabajadores al Sistema y desarrolla programas de prevención y control de los riesgos laborales.
·        La ARL asesora y brinda asistencia técnica a la empresa para el desarrollo de los programas de prevención y, ati ende a los trabajadores que se accidentan o enferman por causas propias del trabajo que desarrollan.
·        El trabajador cuida su salud, cumple las normas de seguridad y salud en el trabajo, definidas en la empresa.

¿Cuáles son las funciones de las Administradoras de Riesgos Laborales
(ARL)?

Las Administradoras de Riesgos Laborales, entre otras funciones, están encargadas de:

·        El recaudo de las cotizaciones que hacen las empresas por sus  trabajadores.
·        La asesoría para la ejecución de los programas de prevención que se realizarán en la empresa.
·        La atención médica y de rehabilitación de los trabajadores que se accidenten o enfermen por causas propias de su trabajo.
·        El pago de las prestaciones económicas como las incapacidades, pensiones de invalidez y de sobrevivientes que se puedan generar como consecuencia de los accidentes o enfermedades laborales.

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